Nueva modalidad de consultas en la salud privada: 4 pacientes/hora
A partir del 1° de julio de 2024*, rige para las consultas en policlínicas del sector privado, la modalidad de 4 pacientes por hora en medicina general y en todas las especialidades médicas —con excepción de especialidades anestésico-quirúrgicas—**.
Los prestadores podrán habilitar una quinta consulta al final de las cuatro por hora, exclusivamente para repetición de medicamentos, de acuerdo con lo siguiente:
Repetición de medicamentos: acto médico por el cual el usuario que utiliza una misma medicación o fármaco de manera profiláctica y/o terapéutica concurre a una policlínica para que con la Historia Clínica a la vista y constatando la pertinencia de la indicación — se reitere dicha medicación.
Recetado por médico tratante: profesional que haya tenido contacto clínico con el paciente en los 12 meses previos a la consulta.
No recetado por médico tratante: la Institución deberá dar acceso a la historia clínica completa donde conste medicación del paciente de últimos 12 meses con acceso completo a los fármacos de la farmacia del prestador.
A partir del 1° de julio de 2024, se retoma el régimen del convenio colectivo de 20 de marzo de 2019, cláusula PRIMERA, donde las consultas por hora son las siguientes:
4 pacientes hora: medicina general y todas las especialidades médicas, a excepción de anestésico-quirúrgicas.
3 pacientes hora: psiquiatría, neurología, neuropediatría, geriatría y fisiatría.
2 pacientes hora: psiquiatría infantil.
* Cronograma vigente de acuerdo con la cláusula OCTAVA del Convenio Colectivo del Grupo 15 Salud Pública, de fecha 22 de diciembre de 2022. Acceder al convenio 2022 AQUÍ y al convenio del 20 de marzo 2019 AQUÍ.
** Especialidades anestésico-quirúrgicas: ginecología, otorrinolaringología, cirugías generales y especializadas.