Sobre regulación para las Emergencias Móviles de FEPREMI
En el dia de hoy se concreta la firma de importante preacuerdo, en el cual se reconocen categorías para el trabajo médico en emergencias móviles, laudos mínimos por categorías, compromiso a incorporar paulatinamente a los trabajadores médicos en relación de dependencia laboral.
Se establecen categorías laborales, su remuneración mínima –laudo-:
- Médico Coordinador
- Médico de Ambulancia
- Médico de atención Domiciliaria Urgente
- Médico de atención en base
- Médico asesor u orientador telefónico
- Médico de Traslado Especializado
Los ajustes salariales se realizarán en la misma oportunidad y porcentajes de ajuste previstos para el Grupo 15 de la Salud Privada.
Las instituciones se comprometen respecto del personal Médico que actualmente presta servicios en la empresa, a incorporarlos gradualmente en su planilla de trabajo en relación de dependencia.
Se establece además dar cumplimiento al Protocolo Institucional de Seguridad de conformidad con el Convenio vigente de Acuerdo Marco sobre Seguridad laboral del personal Médico entre FEMI y FEPREMI.
El presente acuerdo comenzará a regir a partir del 1 de marzo de 2020.
Este pre-acuerdo está ad referéndum de los Plenarios Gremiales de FEMI y FEPREMI, que se convocarán oportunamente.